La debida diligencia en las empresas: cumpliendo con un compromiso social necesario

El Día Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial se celebra el 21 de marzo de cada año, con el objetivo de combatir la discriminación y cumplir con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual establece en su artículo 2 que “toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”. Derivado de este precepto se extrae que todas las personas tienen la capacidad de contribuir de manera constructiva al desarrollo de sociedades cohesionadas e igualitarias en derechos. Por ello, tanto las personas, como las empresas y las entidades de la sociedad civil tenemos el compromiso de promover la igualdad de trato sin ningún condicionante y combatir cualquier tipo de discriminación, eliminando sesgos inconscientes, estereotipos y actitudes xenófobas o intolerantes, contribuyendo así a la lucha contra el racismo y cualquier tipo de discriminación.

Las empresas son agentes claves para cumplir con la declaración Universal de los Derechos Humanos. En la línea marcada por las tendencias en cuanto a responsabilidad social, las empresas deben adquirir un compromiso a la hora de impulsar e implementar medidas que pongan en el centro el respeto y la defensa de los Derechos Humanos. Una forma de abordar y hacer efectivo ese compromiso es a través de los procesos de debida diligencia. La debida diligencia consiste en un proceso que permite a las empresas identificar, prevenir y mitigar sus impactos adversos reales y potenciales sobre los Derechos Humanos y dar cuenta de cómo abordan dichos impactos. Conforme a los Principios rectores sobre las empresas y los Derechos Humanos, promovidos desde la La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, esta debida diligencia debe cumplir ciertos criterios:

  • Debe abarcar las consecuencias negativas sobre los derechos humanos que la empresa haya provocado o contribuido a provocar a través de sus propias actividades, o que guarden relación directa con sus operaciones, productos o servicios prestados por sus relaciones comerciales;

  • Variará de complejidad en función del tamaño de la empresa, el riesgo de graves consecuencias negativas sobre los derechos humanos y la naturaleza y el contexto de sus operaciones;

  • Debe ser un proceso continuo, ya que los riesgos para los derechos humanos pueden cambiar con el tiempo, en función de la evolución de las operaciones y el contexto operacional de las empresas.

De la misma manera, las empresas tienen que tener en cuenta lo importante que es comunicar de una forma transparente, formar y sensibilizar a todos sus grupos de interés, con el objetivo de impulsar un comportamiento ético y cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Desde DIVEM ofrecemos a las empresas acciones formativas y de sensibilización, con el objetivo de eliminar cualquier tipo de discriminación y favorecer entornos de trabajo donde se ponga en valor el talento diverso e impulsando la creación de equipos de trabajo interculturales, diversos, equitativos e inclusivos.

¡Súmate a las empresas socialmente responsables con DIVEM y entra a formar parte de las #EmpresasQueSuman!